domingo, 2 de agosto de 2009

La hacienda pública

La hacienda pública es el conjunto de reglas y principios que determinan la forma en que se van a obtener, organizar, administrar e invertir los recursos, bienes, rentas y deudas (activos y pasivos) de la nación, a fin de satisfacer las necesidades públicas y/o colectivas. La persona jurídica de la hacienda pública se denomina Fisco Nacional.
De acuerdo con esto se tiene que hablar de lo que es la actividad financiera, es decir, aquella actividad que no persigue ningún lucro, realizada por el Estado de acuerdo con normas del derecho público (se encarga de todo lo que tiene que ver con las actividades del Estado, como lo es el derecho constitucional, el judicial, el canónico, entre otros), a fin de satisfacer las necesidades colectivas; la cuál es diferente de la actividad económica, porque esta si persigue fines de lucro, y es realizada por particulares, de acuerdo a las normas del derecho privado (es el que se encarga de regir el derecho entre los particulares, como lo son el derecho civil y el mercantil), a fin de satisfacer sus necesidades individuales y de sus dependientes.

De acuerdo con el artículo 236, numeral 11º de la Constitución de la República de Venezuela, la administración de la hacienda pública le corresponde al Ejecutivo Nacional; quién se encarga además de nombrar a un cuerpo de resguardo nacional, para que se encargue de la custodia de los bienes que constituyen la hacienda pública nacional, así como de auxiliar a los encargados de la administración de aquellos bienes, y a los funcionarios de administración, inspección y fiscalización de las rentas nacionales, al mismo tiempo que deben impedir, perseguir y aprehender el contrabando y cualquier otro fraude a dichas rentas.

La hacienda pública se divide en tres fases importantes, las cuáles son:
1. Fase de ingresos públicos o recaudadora: ésta fase es la más importante en el estudio de la hacienda pública, ya que desempeña el papel de productor de bienes y servicios. De acuerdo con el autor Moya Millán (2003) los ingresos públicos son los recursos que obtiene el Estado de forma coactiva (tributos), voluntaria (donación, legado) de la economía de los particulares y del uso de sus bienes (venta, usufructo, arrendamientos) para satisfacer las necesidades colectivas, a través de la prestación de los servicios públicos.
Los ingresos públicos pueden clasificarse de acuerdo a su periodicidad en ordinarios y extraordinarios, siendo los ordinarios, aquellos recursos que se perciben periódica y permanentemente, provenientes de fuentes comunes y habituales, constituidas por los impuestos (tributo exigido por el Estado a quienes se encuentran en las situaciones establecidas en la ley como hechos imponibles), las tasas (tributo cuya obligación se origina a partir de la prestación efectiva o potencial de un servicio público individualizado en el contribuyente) y contribuciones especiales (son obligatorias y establecidas en forma bilateral, pero sólo gravan a los que resultan beneficiados, bien sea por una obra de interés público o a cambio de una seguridad social); y, los ingresos extraordinarios que son aquellos recursos que no perciben regularmente sino una sola vez, que se aparta de lo establecido, como es el caso de la venta de un activo, la privatización de una empresa, las donaciones, la alza de precio de los hidrocarburos, entre otros.

2. Fase del gasto público: de acuerdo con Giuliani (citado en Moya Millán, 2003), el gasto público es toda erogación que incide sobre las finanzas del Estado, generalmente en dinero, destinada al cumplimiento de fines administrativos o económicos-sociales y autorizada mediata o inmediatamente por una ley. El gasto público debe estar destinado a satisfacer, en orden de importancia efectiva, las necesidades colectivas que sólo el Estado puede prestar, ajustándose a la capacidad económica del país de forma de que se puedan atender cabalmente dichas necesidades.
El gasto público se clasifica, en forma general, en: a) Gastos referentes a la seguridad interior y exterior, así como del orden público y la justicia; b) Gastos para los servicios que incrementan el bienestar general (alimentación, seguridad, salud, educación, entre otros); c) Gastos redistributivos como lo es el pago de la deuda externa y, d) Gastos para el desarrollo de la capacidad económica del Estado.

3. Fase de la administración de los recursos: en esta etapa se habla de las políticas presupuestarias, las cuáles se entienden como un instrumento legal mediante el cual se determinan los ingresos, gastos y fuentes de financiamiento de los recursos, en un período determinado para llevara cabo el cumplimiento de los fines del Estado.


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